El Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional de España, Javier Zaragoza, habla por primera vez del caso de la Basílica del Pilar, que tiene a dos chilenos como imputados, y de sus posibles vinculaciones con lo que ha ocurrido en Chile.
El silencio, que desde hacía unos minutos se había instalado en el interior de la Basílica del Pilar, en Zaragoza, se interrumpió drásticamente. Un ruido ensordecedor retumbó en la nave central que, a esa hora —las 13.50—, estaba vacía. En otro sector de la iglesia, algunos turistas, unos cuantos feligreses y dos monaguillos alarmados corrieron a ver qué ocurría: el humo que cubrió el interior otorgó a la escena un carácter dantesco, a pesar de que no hubo víctimas. Las investigaciones posteriores determinaron que el artefacto que había ocasionado el terror en el interior de la iglesia y el destrozo de varios bancos había sido de fabricación casera. Diez días después cinco personas eran detenidas como sospechosas, dos de ellas eran chilenas: Francisco Javier Solar Domínguez y Mónica Andrea Caballero Sepúlveda fueron imputados como autores materiales del hecho. Ambos habían sido procesados y posteriormente absueltos en el famoso Caso Bombas que durante siete años mantuvo atenta a la prensa chilena.
A casi un año de ese atentado en Zaragoza y por primera vez, el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional de España, Javier Zaragoza, habló con CARAS de la tramitación del caso y de sus eventuales vínculos con los episodios que han ocurrido en Chile y que costaron la vida a Sergio Landskrom Silva.
PREGUNTA. Ante lo ocurrido en el Caso Bombas, más tarde en la Basílica del Pilar y el lunes pasado en Santiago de Chile, ¿se podría hablar de una escalada de terrorismo?
RESPUESTA. La pregunta se refiere a tres actos muy concretos, dos ocurridos en Chile y otro en España, que son de una enorme gravedad, como otros atentados terroristas, y que demuestran claramente la expansión del fenómeno anarco-insurreccionalista y de su activismo violento de naturaleza terrorista.
P. ¿Podemos calificar lo acontecido en Zaragoza y en el centro comercial de Santiago como un acto terrorista propiamente dicho bajo la ley española y chilena?
R. Lo sucedido en Chile, como en Zaragoza, tiene todas las características de un acto terrorista sin paliativos. Respecto de la explosión de un artefacto en la Basílica del Pilar en Zaragoza, el dos de octubre de 2013, los imputados Francisco Javier Solar Domínguez y Mónica Caballero han sido procesados, por auto de fecha 4 de julio de 2014, como responsables de un delito de pertenencia a organización terrorista FAI/FRI/GAC, siendo FAI/FRI (Frente Revolucionario Internacional) una organización informal compuesta por un número indeterminado de grupos afines insurreccionalistas diseminados por el mundo, empezando a extenderse a finales de 2008 en Grecia, y de un delito de estragos terroristas con lesiones graves, que llevan aparejadas penas de prisión muy elevadas. Por su parte GAC (Grupos Anarquistas Coordinados) se presentó el 17 de junio de 2012, en diferentes páginas web, como una coordinadora anarquista de un número indeterminado de grupos de afinidad insurreccionalista, siendo su finalidad la creación de un movimiento anarquista fuerte y coordinado que busca la radicalización de los conflictos.
P. Esta clase de actos terroristas de naturaleza anarco-insurreccionalista, como usted los ha llamado, ¿son realmente peligrosos, tienen potencial de ir a más?
R. Los actos violentos de este tipo de organizaciones son evidentemente peligrosos por la potencialidad intrínseca de ‘ir a más’ al utilizar la violencia como principal y casi única herramienta política, atacando ‘el sistema capitalista y la democracia’ mediante artefactos incendiarios o explosivos de fabricación casera, que generan terror en la población y lesiones graves, incluso muertes, a los ciudadanos, y radicalizando conflictos sociales al provocar enfrentamientos con las fuerzas policiales o episodios de violencia urbana.
P. ¿Haría falta una mayor cooperación entre los servicios de inteligencia chilenos y españoles si estamos ante una escalada en la que de algún modo está implicada España?
R. Al ser como se ha señalado anteriormente un problema trasnacional, la cooperación internacional, tanto desde un punto de vista policial, como judicial, como de los servicios de inteligencia se considera necesaria e imprescindible. Y así lo vamos a hacer: trabajar en común en todos esos niveles para garantizar una respuesta eficaz
P. ¿Qué postura ha tomado la Fiscalía ante los procesados en España?
R. La postura de la Fiscalía en este procedimiento (Sumario Nº 2/14 del Juzgado Central de Instrucción Nº 6 de la Audiencia Nacional) es la misma que en cualquier otro procedimiento: tras la fase de instrucción con las pruebas que se hayan practicado y se consideren suficientes, se presentará el oportuno escrito de acusación contra los procesados por la comisión de delitos graves de terrorismo; actualmente están en situación de prisión.
P. Las pruebas que incriminan a los dos ciudadanos chilenos, ¿son suficientes para condenarles por terrorismo?
R. Hay que esperar a la celebración del acto del juicio oral y el dictado de la sentencia, que será la que determine si el acervo probatorio practicado es suficiente para condenar a los procesados. A juicio de la Fiscalía hay pruebas suficientes de su participación en el hecho criminal.
P. ¿En qué punto del proceso se encuentra ahora mismo?
R. El procedimiento se encuentra bastante avanzado en su fase de instrucción, a la espera de determinar, por la Fiscalía, si es necesaria la práctica de alguna diligencia de prueba más y se han practicado íntegramente todas las previamente acordadas judicialmente, bien a instancia de la Fiscalía, bien a instancia de las defensas, todo ello con el fin que el juez instructor dicte el auto de conclusión del sumario, lo eleve a la sala para presentar los oportunos escritos de acusación y defensa y celebrar el juicio oral. Esto quiere decir que el juicio oral puede celebrarse contra ellos a principios del próximo año.
P. ¿Se sospecha de otras cédulas chilenas o grupos antisistema que podrían estar operando en España dado el supuesto interés de los procesados en colocar artefactos en otros puntos como Cataluña?
R. No nos constan esas sospechas de forma fehaciente.
P. ¿Lo ocurrido en Zaragoza es una prueba del error que cometió la justicia chilena al absolver a Solar y Caballero?
R. No podemos opinar ni calificar de erróneo un procedimiento que desconocemos y que conllevó la absolución de los procesados en Chile.
P. ¿Había un seguimiento a estos dos ciudadanos por parte de los servicios secretos de ambos países tras su llegada a España después de ser absueltos?
R. No nos consta.